Mediación: una alternativa eficaz al conflicto judicial
La mediación es un método de resolución de conflictos extrajudicial en el que el mediador, como tercera persona neutral, ayuda a las partes en disputa a encontrar, a través del diálogo, una solución que beneficie a ambas partes. Si quieres saber más sobre esta práctica y sus ventajas frente al proceso judicial, sigue leyendo.
3/26/20254 min read
¿Qué es la mediación?
Es un método de resolución de conflictos extrajudicial en el que las partes intentan llegar a un acuerdo, con ayuda de un tercero imparcial (la persona mediadora), sin tener que llegar a los tribunales. Se trata de un proceso voluntario, confidencial y basado en la cooperación.
En muchas disputas —siempre que no se trate de un asunto penal en el que victimario y víctima no puedan o deban encontrarse para establecer un acuerdo que en muchos casos sería imposible— es recomendable intentar resolver el asunto a través de este método antes de interponer una demanda o denuncia.
La mediación puede ayudar a resolver conflictos de diversos ámbitos judiciales:
Civil: por ejemplo, para resolver conflictos entre vecinos por el límite de sus propiedades.
Familiar: para acordar de forma asertiva la custodia de los hijos en casos de divorcio, mejorando la experiencia de los menores, entre otros casos.
Penal: en casos de hurto menor u otros, siempre que la víctima esté dispuesta a resolver el asunto sin llegar a juicio.
Laboral: Un caso ilustrativo podría ser el de un trabajador que ha sido despedido injustamente, siempre que la empresa decida cooperar y no llegar a juicio.
Contencioso-administrativa: cuando un ciudadano presente una reclamación contra una decisión administrativa, con la finalidad de que este y la administración pública lleguen a un acuerdo que evite la demanda, entre otros escenarios posibles.
Principios de la mediación
La práctica de la mediación siempre respeta unos principios fundamentales (Gorjón y Gómez, 2021):
Neutralidad: El mediador no favorece a ninguna parte ni impone soluciones.
Confidencialidad: Todo lo que se discute en la mediación es totalmente confidencial.
Bilateralidad y buena fe: ambas partes disponen de las mismas oportunidades de expresarse.
Profesionalidad: la persona mediadora debe estar correctamente formada y cumplir con sus obligaciones, así como informar a las personas participantes de sus derechos y obligaciones también.
Voluntariedad: Las partes deciden participar libremente y pueden retirarse en cualquier momento.
Estructura y fases de la mediación:
Pese a ser un proceso flexible para que cada mediación se adapte a las necesidades de las partes en conflicto, todo proceso de mediación cuenta con las siguientes fases (Vilalta, s.f.):
Fase de premeditación: La persona mediadora evalúa el conflicto y decide si es adecuado tratarlo en mediación.
Fase informativa: La persona mediadora explica el proceso y las reglas básicas a las partes.
Fase constitutiva: Se formaliza el acuerdo de mediación, aceptando ambas partes participar de forma voluntaria.
Mediación: La mediación propiamente dicha comprende distintos apartados, aunque, como ya hemos dicho, su estructura no es rígida:
Apertura.
Captura de información.
Concreción e identificación del problema.
Negociación.
Generación de opciones o alternativas.
Conclusión y cierre.
Protocolización u homologación: Si así se solicita, el acta final, donde ambas partes firman los acuerdos, puede ser documentada legalmente ante notario para garantizar su cumplimiento.
Ventajas de la mediación frente al proceso judicial
Como explica el Consejo General del Poder Judicial (2016), optar por la mediación ofrece a las partes muchas ventajas, siempre que sea posible priorizar este método frente al proceso judicial:
En la mediación, las partes tienen el control del proceso y el resultado, mientras que por vía judicial quien lo controla es el juez.
La mediación se basa en la colaboración, mientras el proceso judicial sigue un proceso adversarial.
En la mediación se busca el beneficio de todas las partes, mientras que en el proceso legal busca que gane solo una de ellas.
En la mediación se pueden tratar más conflictos que influyan a las partes, mientras el proceso judicial se limita al conflicto legal.
En la mediación el protagonismo absoluto lo tienen las partes, mientras que en el proceso judicial la decisión es del juez.
La mediación promueve un mayor compromiso con el resultado, puesto que han sido las partes quienes han llegado al acuerdo.
Mientras que el proceso judicial aporta soluciones limitadas, en la mediación se pueden proponer soluciones más creativas.
El proceso de mediación es más rápido que el proceso judicial.
La mediación implica un menor coste económico frente al proceso judicial.
En la mediación se promueve la conservación y mejora de la relación, mientras el proceso judicial suele crear distancia, entre otros costes emocionales.
La mediación genera empatía en las partes, mientras el proceso judicial genera hostilidad.
La probabilidad de que se cumplan los acuerdos es más alta si se dan en un proceso de mediación.
La mediación previene a las partes de futuros conflictos, ya que durante el proceso aprenden herramientas de prevención y gestión, mientras que por vía judicial se dan conflictos reiterados.
Bibliografia
Consejo General del Poder Judicial. (2016). Guía para la práctica de la mediación intrajudicial.
Gorjón Gómez, F. J. (2021). Marco conceptual de la mediación, principios y definición de sus intangibles. En Tirant Editorial (1ª ed.), Práctica de mediación: España (pp. 23-47)
Vilalta Nicuesa, A. E. (s.f.). La mediación. Barcelona: UOC.


Sheila Odena Galcerán
Neuropsicóloga Forense (Nº de Colegiada 30681) y Mediadora.
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